Impulsa Cultura

Fomento de la creación artística y cultural en la Marina Alta

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BASES DE LA CONVOCATORIA

Ayudas Impulsa Cultura 2024-2025

La Fundación Salom Sabar contempla entre sus fines contribuir al desarrollo cultural en el ámbito de su entorno social. Con este objetivo se diseña el Plan “Impulsa Cultura”, una estrategia para el fomento de la creación cultural y artística mediante la convocatoria de ayudas a proyectos emprendedores.

Dado el ámbito de actuación de la Fundación Salom Sabar, se valorará que los proyectos estén relacionados con la Marina Alta o con el mar Mediterráneo, o bien que estén impulsados por personas o entidades que presenten una estrecha vinculación con los mismos.

Creaciones artísticas y proyectos culturales.

Esta Ayuda se puede solicitar para la ejecución en sí del proyecto, o bien para diferentes aspectos anteriores o posteriores al mismo y que completan el proceso productivo.

En ningún caso las presentes Ayudas tienen el carácter de becas o premios a proyectos ya realizados.

En la selección de los proyectos se valorará especialmente su vinculación con la Marina Alta y su aportación a la ciudadanía.

Se valorará la aportación directa a la ciudadanía como, por ejemplo, la realización de proyecciones, conciertos, talleres, exposiciones o representaciones de los resultados del proyecto objeto de la Ayuda.

Además, se tomará en consideración la capacidad del proyecto para generar una contraprestación o un beneficio tangible para la Fundación Salom Sabar, que pueda ser en forma de visibilidad, promoción de la entidad cultural, participación activa en la realización del proyecto, o cualquier otro tipo de colaboración mutuamente beneficiosa. La Fundación Salom Sabar busca proyectos que no solo enriquezcan la vida cultural de la Marina Alta, sino que también contribuyan de manera significativa al cumplimiento de sus objetivos institucionales.

También se valorará, aunque no es excluyente, que el proyecto disponga de otras fuentes de financiación, propias o externas. Por tanto, estas Ayudas son compatibles con otras fuentes de financiación, siempre que en su globalidad no superen el coste total del proyecto.

Las presentes Ayudas están destinadas a proyectos que se desarrollen durante el año 2024 y hasta el 31 de marzo de 2026.

Personas físicas o jurídicas con residencia en España o en el extranjero, siempre y cuando la autoría y/o el proyecto estén vinculados con la Marina Alta.

La cuantía concedida dependerá del presupuesto global de cada proyecto, pudiendo ascender a un máximo de 2.000€ por proyecto.

La presente convocatoria contempla también la posibilidad de apoyar los proyectos seleccionados de forma no monetaria mediante la cesión de instalaciones u otros recursos de los que disponga la Fundación.

En cualquier caso, los detalles se concretarán de común acuerdo entre los proyectos seleccionados y la Fundación.

La convocatoria está abierta del 25 de noviembre de 2024 al 15 de enero de 2025, inclusive.

En el caso de concurrir a las presentes Ayudas con diferentes proyectos, se deberá presentar una solicitud por proyecto.

La presentación de la solicitud se hará a través del formulario de solicitud facilitado al final de esta página. Para completar la solicitud se deberá remitir por correo electrónico la documentación adicional requerida.

Para concurrir a las Ayudas Impulsa Cultura se requiere el envío de la siguiente documentación al correo info@fundacionsalomsabar.org, con el asunto «Impulsa Cultura 2024-2025«, preferiblemente desde la misma dirección de correo electrónico que se indique en el formulario de solicitud.

  • Dosier del proyecto a realizar, en formato PDF, que incluya una descripción ampliada del mismo, además del presupuesto con desglose de gastos e ingresos previstos y el listado de materiales (folletos, cartelería, etc) y/o resultados derivados del proyecto (libro, disco, audiovisual, etc.) que se prevé obtener durante y tras la realización del proyecto, en los que se incluirá el logotipo de la Fundación Salom Sabar.
  • Documentación complementaria (catálogos, bocetos, imágenes, …) que se estime oportuna para la comprensión del proyecto.
  • Siempre que sea posible, por favor, compila toda la información adicional en un único documento en formato PDF

El plazo máximo de resolución de las presentes Ayudas será de tres meses a partir de la finalización del plazo de solicitud.

La selección de los proyectos será realizada por una comisión de evaluación designada al respecto por la Fundación Salom Sabar. Tanto la comisión de valoración como sus deliberaciones tendrán carácter confidencial y su decisión será inapelable.

La comisión evaluadora podrá acordar conceder el total de la cantidad solicitada o modificarla en atención a la naturaleza del proyecto a desarrollar. La convocatoria podrá declararse total o parcialmente desierta.

Resuelta la convocatoria, se contactará vía correo electrónico o teléfono con las personas o entidades participantes. La Fundación no mantendrá necesariamente correspondencia o comunicación adicional con las personas cuyos proyectos no hayan resultado seleccionados.

Las personas beneficiarias de las Ayudas deberán suscribir, tras recibir la comunicación de concesión de la Ayuda por parte de la Fundación Salom Sabar, el Compromiso de Aceptación que la Fundación les traslade, donde estarán regulados los compromisos a los que se obligan todas las partes respecto a la concesión y pago de la Ayuda, así como la regulación de incumplimientos. La firma de dicho Compromiso de Aceptación por parte de la persona beneficiaria será condición indispensable para la percepción de la Ayuda concedida.

Las personas beneficiarias de esta convocatoria deberán mencionar el apoyo recibido por parte de la Fundación Salom Sabar, tanto en las acciones de difusión del proyecto en presentaciones públicas, medios de comunicación, página web y/o redes sociales, así como en los materiales (folletos, cartelería, etc) y/o resultados derivados del proyecto (libro, disco, audiovisual, etc.), incluyendo el logotipo de la Fundación Salom Sabar siempre que sea posible. Para tal caso se utilizará la siguiente frase o similar: Proyecto patrocinado por el Programa Impulsa Cultura de la Fundación Salom Sabar / Con el apoyo de la Fundación Salom Sabar.

Una vez finalizado el proyecto objeto de la Ayuda y en el plazo de 30 días naturales, las personas beneficiarias enviarán a la Fundación Salom Sabar una memoria descriptiva del proyecto realizado que deberá incluir un presupuesto global de gastos e ingresos, así como material gráfico si lo hubiere en el que figure el logotipo de la Fundación Salom Sabar y que contribuya a justificar la realización del proyecto.

La Fundación Salom Sabar se reserva el derecho a auditar la memoria justificativa de ingresos y gastos declarada en la Memoria Final del Proyecto. Asimismo, si al término de la fecha límite de entrega de la Memoria Final del Proyecto la Fundación Salom Sabar considera que el proyecto no ha sido realizado o su ejecución y resultados distan considerablemente y en perjuicio de los presentados en la solicitud, podrá solicitar el reembolso total o parcial de la Ayuda concedida.

Las personas beneficiarias de la Ayuda deberán informar a la Fundación Salom Sabar de cualquier circunstancia o hecho relevante relacionado con el desarrollo del proyecto. 

La Fundación podrá publicitar por su cuenta y a su cargo la existencia de los proyectos patrocinados y de las Ayudas concedidas.

En lo relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la ayuda recibida tendrá consideración tributaria de rendimiento del trabajo, rendimiento de actividad económica (cuando se concedan a empresarios o profesionales vinculándolas al ejercicio de la actividad) o ganancia de patrimonio, todo ello sin perjuicio de que pueda resultar exenta en virtud de lo establecido en la legislación vigente en cada momento y de las circunstancias fiscales de la persona física receptora de la misma.

En lo relativo al Impuesto sobre Sociedades, las cantidades recibidas en concepto de subvención quedarán sometidas al Impuesto sobre Sociedades.

Si el preceptor goza de algún tipo de exención justificativa, o por razón de la entidad, deberá manifestarlo a la Fundación Salom Sabar en el momento de la concesión de esta ayuda.

El hecho de concurrir a la presente convocatoria supone la aceptación de sus bases y de su resolución, que será inapelable, así como la renuncia a cualquier tipo de reclamación.

Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, la Fundación Salom Sabar se reserva el derecho de modificar la redacción de las bases a fin de aclarar o precisar su contenido, sin que ello pueda suponer una alteración sustancial ni arbitraria del mismo.

CONVOCATORIA 2024-2025

La convocatoria estará abierta del 25 de noviembre de 2024 al 15 de enero de 2025