Impulsa Cultura

Fomento de la creación artística y cultural en la Marina Alta

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BASES DE LA CONVOCATORIA

8ª EDICIÓN - Ayudas Impulsa Cultura (2025 - 2026)

Plazo de presentación de solicitudes del 3 de diciembre de 2025 al 18 de enero de 2026.
No se aceptarán solicitudes fuera de plazo.

La Fundación Salom Sabar tiene como objetivo contribuir al desarrollo cultural de su entorno social. Para ello, se ha creado el Plan Impulsa Cultura, que busca fomentar la creación cultural y artística a través de ayudas y proyectos emprendedores.

Se dará preferencia a los proyectos que estén relacionados con la Marina Alta o con el mar Mediterráneo, o aquellos que estén impulsados por personas o entidades que tengan una estrecha vinculación con estas áreas.

Se podrán solicitar ayudas para creaciones artísticas y proyectos culturales.

La ayuda puede ser utilizada para ejecutar el proyecto o para cubrir aspectos previos o posteriores al mismo, como la producción, promoción, o difusión del proyecto.

Es importante destacar que estas ayudas no son becas ni premios a proyectos ya realizados, sino recursos destinados a apoyar la ejecución de proyectos culturales.

  • Vinculación con la Marina Alta: Se valorará especialmente que el proyecto esté relacionado con esta región o que tenga un impacto positivo en la comunidad local.

  • Aportación directa a la cultura y la ciudadanía: Se tendrá en cuenta la generación de actividades culturales (como conciertos, exposiciones, talleres, etc.) que favorezcan el desarrollo cultural de la región.

  • Contraprestación para la Fundación: Los proyectos que contribuyan a promover la Fundación Salom Sabar, por ejemplo, mediante visibilidad, colaboración en actividades, o cualquier otra forma de asociación, serán especialmente valorados.

  • Fuentes de financiación adicionales: Se valorará que las propuestas busquen activamente otras fuentes de financiación para ampliar su impacto y garantizar su sostenibilidad. Al mismo tiempo, la Fundación prioriza aquellos proyectos para los que la ayuda Impulsa Cultura suponga una aportación significativa, ya sea porque facilita su realización o porque permite llevarlo a cabo en condiciones adecuadas.

Las ayudas están destinadas a proyectos que se desarrollen durante el año 2026 y finalicen antes del 31 de marzo de 2027.

Pueden postularse a estas ayudas tanto personas físicas como jurídicas, con residencia en España o en el extranjero. Será imprescindible, en cualquier caso, que el proyecto presentado —o la actividad de la persona o entidad solicitante— mantenga una vinculación directa y acreditable con la Marina Alta.

La cuantía de la ayuda se ajustará al presupuesto global de cada proyecto, con un máximo de 2.000€ por proyecto.

La convocatoria está abierta del 3 de diciembre de 2025 al 18 de enero de 2026, inclusive.

En el caso de concurrir a las presentes Ayudas con diferentes proyectos, se deberá presentar una solicitud por proyecto.

La presentación de la solicitud se hará a través del formulario de solicitud facilitado al final de esta página.

De manera opcional, y con el fin de facilitar la comprensión del proyecto, se recomienda enviar documentación complementaria al correo info@fundacionsalomsabar.org, con el asunto «8ª Convocatoria Impulsa Cultura».

La documentación complementaria podrá incluir:

  • Una descripción ampliada del proyecto.

  • Un presupuesto detallado con los ingresos y gastos previstos.

  • Materiales o resultados previstos (folletos, cartelería, libro, disco, vídeo, web, pódcast, exposición, etc.).

  • Cualquier otro material (catálogos, bocetos, imágenes, etc.) que contribuya a una mejor comprensión de la propuesta.

Importante: Se recomienda agrupar la documentación en un único archivo PDF.

El plazo máximo para la resolución de las ayudas será de tres meses a partir del cierre del plazo de solicitud.

La selección de los proyectos será realizada por una comisión de evaluación designada por la Fundación Salom Sabar. Las deliberaciones de esta comisión serán confidenciales y su decisión tendrá carácter inapelable.

La comisión podrá otorgar la totalidad o solo una parte de la cantidad solicitada. La convocatoria podrá ser declarada desierta total o parcialmente.

Una vez finalizado el proceso de selección, la Fundación contactará por correo electrónico o teléfono con las personas o entidades seleccionadas. Los resultados también se publicarán en la página web de la Fundación, en redes sociales y mediante nota de prensa.

Las propuestas no seleccionadas recibirán igualmente una notificación por correo electrónico. No obstante, debido al volumen de solicitudes recibidas, no será posible ofrecer comunicaciones adicionales ni explicaciones individualizadas sobre los motivos de la no selección.

Las personas beneficiarias deberán firmar un Compromiso de Aceptación una vez reciban la comunicación de concesión de la ayuda. Este documento regulará tanto la concesión y el pago de la ayuda como las obligaciones asociadas a su ejecución. La firma del Compromiso será imprescindible para recibir la ayuda.


Reconocimiento del apoyo

Las personas o entidades beneficiarias deberán mencionar el apoyo de la Fundación Salom Sabar en todas las acciones de difusión del proyecto (presentaciones públicas, notas de prensa, página web, redes sociales, etc.) y en todos los materiales generados (folletos, cartelería, libros, discos, audiovisuales, webs, podcasts, exposiciones, etc.).

Siempre que sea posible, deberá incorporarse el logotipo de la Fundación Salom Sabar. Como referencia, se sugiere el siguiente texto:

“Proyecto apoyado por el Programa Impulsa Cultura de la Fundación Salom Sabar.”


Memoria Final y Seguimiento

Una vez finalizado el proyecto, las personas beneficiarias deberán presentar una memoria final en un plazo de 30 días naturales. Esta memoria incluirá:

  • Un presupuesto final con los gastos e ingresos del proyecto.
  • Material gráfico o documental que acredite la realización del proyecto.


La Fundación Salom Sabar se reserva el derecho a auditar los gastos asociados al proyecto. Si este no se ha ejecutado conforme al presupuesto o a los compromisos asumidos, la Fundación podrá solicitar la devolución total o parcial de la ayuda.


Modificaciones en el Proyecto

Las personas beneficiarias deberán informar a la Fundación de cualquier circunstancia que pueda afectar al desarrollo del proyecto.

Si durante la ejecución se producen cambios sustanciales que alteren los objetivos, actividades o resultados presentados en la solicitud, la Fundación podrá solicitar la devolución total o parcial de la ayuda.

Asimismo, si tras la revisión de la Memoria Final la Fundación considera que el proyecto no ha sido realizado, o que los resultados se alejan de manera relevante de los objetivos iniciales, podrá solicitar el reembolso de la ayuda, en función de la magnitud de las diferencias observadas.


Publicación de Proyectos

La Fundación podrá publicar los proyectos y sus resultados en sus medios de comunicación y canales oficiales.

La ayuda recibida estará sujeta a la normativa fiscal vigente, y su tratamiento dependerá de la naturaleza de la persona o entidad beneficiaria:

  • Para personas físicas: La ayuda se considerará un ingreso personal y deberá incluirse en la declaración de impuestos correspondiente, ya sea como rendimiento del trabajo, rendimiento de actividad económica o ganancia patrimonial, según la situación fiscal de cada persona.

  • Para entidades: Las ayudas recibidas estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades, de acuerdo con la legislación fiscal aplicable a empresas y organizaciones.

Si la persona o entidad beneficiaria goza de algún régimen de exención fiscal, o dispone de una situación que le permita no tributar por la ayuda concedida, deberá comunicarlo a la Fundación Salom Sabar en el momento de la concesión.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación íntegra de las bases y de la resolución que se adopte, la cual tendrá carácter inapelable. Asimismo, la presentación de la solicitud supone la renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación.

De manera excepcional, y por motivos debidamente justificados, la Fundación Salom Sabar se reserva el derecho de modificar la redacción de las bases con el fin de aclarar o precisar su contenido, siempre que dichos cambios no supongan una alteración sustancial ni arbitraria de las condiciones establecidas.

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